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Sabe Persona ¿A dónde puede acudir una persona que quiera saber si tiene una ficha policial ? La duda surge tras la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC), mediante la sentencia TC/0840/26 , que ratifica que determinados registros policiales dejen de permanecer activos después de 10 años .
Contexto
La decisión del alto tribunal establece que los datos contenidos en el Registro de Control e Inteligencia Policial deben dejar de tener carácter clasificado y pasar al archivo histórico o "muerto" de la Policía Nacional una vez transcurrida una década desde su inclusión.
Los registros policiales internos no son de libre acceso al público.
Detalles
Sin embargo, una persona puede ejercer su derecho a conocer qué información personal conserva la institución y, cuando corresponda, solicitar su corrección , actualización o tratamiento conforme a la ley.
El término ficha policial se utiliza para referirse a distintos registros que pueden existir en los archivos de la Policía Nacional .
Reacciones
Sin embargo, jurídicamente no todos esos registros son iguales.
El Decreto 122-07 , que regula el registro de datos sobre personas con antecedentes delictivos , establece diferentes tipos de registros.
Entre ellos se encuentra el Registro de Control e Inteligencia Policial , que contiene datos obtenidos en el ejercicio de la función policial y de inteligencia como referentes para la prevención y persecución de ilícitos penales.
La normativa también contempla fichas temporales relacionadas con investigaciones y fichas permanentes vinculadas a condenas definitivas.
Por ello, no todas las fichas policiales desaparecerán o pasarán a archivo después de 10 años .
La regla establecida en la sentencia se refiere específicamente al Registro de Control e Inteligencia Policial .
Una persona que quiera saber si la Policía Nacional conserva información sobre ella puede solicitar acceso a sus datos personales ante la institución.
El numeral 2 del artículo 44 de la Constitución reconoce a toda persona el derecho a acceder a los datos que sobre ella reposen en registros oficiales o privados, así como a conocer el destino y el uso que se haga de ellos.
Este derecho también está protegido mediante la acción de hábeas data , establecida en la propia Carta Magna .
Sin embargo, este procedimiento es diferente de solicitar un Certificado de No Antecedentes Penales .
Ese documento sirve para acreditar la existencia o inexistencia de antecedentes penales conforme al sistema correspondiente, pero no necesariamente permite determinar si existe información sobre una persona en los archivos internos de la Policía Nacional .
Si una persona solicita conocer sus datos y considera que la información es incorrecta, está desactualizada o que su tratamiento vulnera sus derechos, puede acudir a los mecanismos previstos por el ordenamiento jurídico.
Entre ellos se encuentra la acción de hábeas data , una garantía constitucional destinada a proteger el derecho de acceso a los datos personales.
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Con información de Diario Libre.

